Isabel II era hija del rey Fernando VII y de su cuarta esposa, María Cristina de Borbón-Dos Sicilias. Su padre había estado casado anteriormente en tres ocasiones, pero ninguna de sus esposas le había dado descendencia que le pudiese suceder. En previsión de una eventual falta de descendencia directa masculina, el 29 de marzo de 1830, el rey Fernando VII, en detrimento de su hermano Carlos María Isidro, promulgó la Pragmática Sanción de 1830. Esta Ley se limitó a publicar el texto aprobado por las Cortes en 1789, conocido como la Pragmática Sanción de 1789, y que, restaurando el sistema de sucesión tradicional en España, permitía a su descendencia femenina sucederle tras su fallecimiento, si el soberano fallecía sin hijos varones.
Tras la marcha de María Cristina al exilio, la regencia la desempeñó interinamente el gobierno presidido por Espartero, según lo establecido en la Constitución de 1837, en lo que se llamó “Ministerio-Regencia”, hasta que las Cortes decidieran. En la Constitución respecto de la regencia se decía: “hasta que las Cortes nombren la regencia será gobernado el reino provisionalmente por el padre o la madre del rey y en su defecto por el Consejo de Ministros”. La primera medida que tomó el nuevo gobierno fue dar satisfacción a la principal reivindicación de los progresistas, que había motivado la revolución de 1840 suspendió la Ley de ayuntamientos sancionada por María Cristina. A continuación convocó elecciones a Cortes que se celebraron el 1 de febrero de 1841 y que dieron una amplia victoria al Partido Progresista, debido en parte al retraimiento del Partido Moderado, lo que desvirtuaba el resultado y desnaturalizaba la esencia misma de un régimen parlame...
Comentarios
Publicar un comentario